Calculadora
Calculadora de finiquito
Indemnización por años de servicio, aviso previo, vacaciones pendientes y el sueldo del último mes, con los descuentos que corresponden.
Cómo se calcula
- Años de servicio: uno por cada año trabajado y uno más si la fracción supera seis meses, con un máximo de 11 (art. 163). Desde un año de antigüedad.
- Base de la indemnización y del aviso previo: la última remuneración mensual sin horas extra, con tope de 90 UF (art. 172).
- Vacaciones: 15 días hábiles por año (1,25 por mes), más los días de feriado progresivo que ingreses (art. 68). Se pagan en días corridos, sumando sábados, domingos y feriados desde el día siguiente al término (arts. 67, 69 y 73).
- Obra o faena (art. 159 N°5): 2,5 días de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días, con la base y el tope del art. 172, si el contrato duró un mes o más (art. 163, Ley 21.122). Vencimiento del plazo (art. 159 N°4): sin indemnización.
- Descuentos del último mes: la cotización de la AFP elegida, 7 % de salud, 0,6 % de seguro de cesantía si el contrato es indefinido e impuesto único según la tabla mensual en UTM, con la base, el tramo y la rebaja a la vista.
- El aporte del empleador al seguro de cesantía se rebaja solo de la indemnización por años de servicio (art. 13 Ley 19.728).
Estimación referencial con la normativa vigente a octubre de 2026. No reemplaza la revisión de un profesional. Los números se calculan en tu navegador; tu empresa, tu correo y tu teléfono se guardan para contar los usos (3 por calculadora) y poder contactarte.
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